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DECRETO 29/2010, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el fichero de datos de carácter personal «QUEJAS Y SUGERENCIAS» y se modifica el fichero de datos de carácter personal «REGIS», gestionados por el Departamento de Presidencia.

Publicado el 23/03/2010 (Nº 58)
Sección: BOA I. Disposiciones Generales -
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

DECRETO 29/2010, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el fichero de datos de carácter personal «QUEJAS Y SUGERENCIAS» y se modifica el fichero de datos de carácter personal «REGIS», gestionados por el Departamento de Presidencia.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece las condiciones generales que deben reunir los ficheros de datos de carácter personal a efectos de garantizar y proteger los derechos de las personas en lo que se refiere a su utilización y uso. Asimismo, reconoce la capacidad de las diferentes Administraciones Públicas para la creación de ficheros de titularidad pública necesarios para el ejercicio de sus competencias, estableciendo en su artículo 20 tanto la obligación de crear, modificar y suprimir los ficheros que contengan datos de carácter personal, mediante una disposición de carácter general, como la de indicar en ella todos los contenidos que expresamente especifica.

El Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, determina que la disposición de carácter general preceptiva, para este ámbito autonómico, será un Decreto del Gobierno de Aragón, aprobado a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y cuya iniciativa debe partir del Departamento competente por razón del contenido del fichero.

Dicha atribución al Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales hay que entenderla hoy en día referida al Consejero de Presidencia en virtud del artículo 1, apartado t), del Decreto 224/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de Estructura Orgánica del Departamento de Presidencia, por el que se atribuye a este Departamento «el ejercicio de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de protección de datos de carácter personal». Dentro del Departamento de Presidencia corresponde a la Dirección General de Organización, Inspección y Servicios el «ejercicio de las competencias asumidas en materia de protección de datos de carácter personal, incluida la regulación, inscripción y control de los ficheros creados o gestionados por las instituciones públicas de Aragón, y en su caso, la relación con la Agencia de protección de datos de Aragón» (artículo 21 apartado f) del Decreto 224/2007, de 18 de septiembre).

El Gobierno de Aragón, en desarrollo de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, está poniendo en marcha distintos proyectos de Administración electrónica, cuya puesta en producción exige crear el fichero de datos de carácter personal «QUEJAS Y SUGERENCIAS» y modificar el fichero de datos de carácter personal «REGIS», gestionados por el Departamento de Presidencia

Por un lado, a fin de mejorar la gestión y tramitación de las quejas y sugerencias, así como de facilitar la relación ciudadano-administración, se está desarrollando una aplicación denominada QYS, pasando a realizar un tratamiento automatizado de los datos de los ciudadanos. Este procedimiento se automatizará en breve con el desarrollo de una aplicación que permitirá presentar quejas y sugerencias a través del Portal de Servicios del Gobierno de Aragón.

Por otro lado, los cambios de estructura orgánica en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, las nuevas necesidades surgidas a raíz de la puesta en marcha del Registro Telemático y las Notificaciones Electrónicas, así como la obligación surgida por la necesidad de publicar el sistema de tratamiento utilizado en la organización del fichero que regula el artículo 54.c) del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre exigen modificar el fichero REGIS.

En su virtud, a iniciativa y propuesta del Consejero de Presidencia, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 9 de marzo de 2010, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

Este decreto tiene por objeto:

a) La creación del fichero de datos de carácter personal «QUEJAS Y SUGERENCIAS», que figura en el anexo I, con el contenido preceptuado en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en el artículo 2.1 del Decreto 98/2003, de 29 de abril.

b) La modificación del fichero de datos de carácter personal «REGIS», que figura en el anexo II, con el contenido preceptuado en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en el artículo 2.1 del Decreto 98/2003, de 29 de abril.

Artículo 2. Responsabilidad sobre los ficheros.

Corresponde a los titulares de los órganos administrativos responsables de los ficheros de carácter personal la adopción de las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos y hacer efectivo el ejercicio de los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación que, en su caso, sean solicitados por los afectados.

Artículo 3. Información a los afectados.

Los afectados respecto de los cuales se solicitan datos de carácter personal serán previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco de la existencia del fichero que recoja sus datos personales, en los términos previstos en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, salvo en los supuestos exceptuados en la Ley.

Artículo 4. Régimen de protección de datos.

1. Los ficheros a que se refiere este Decreto quedan sometidos a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal y del Decreto 98/2003, de 29 de abril, así como al resto de disposiciones aplicables en la materia.

2. Los datos registrados en los ficheros regulados en este Decreto se usarán exclusivamente para la finalidad y usos para los que fueron creados, y serán objeto de cesión únicamente con las previsiones contempladas en los Anexos.

3. Los ficheros regulados en este Decreto se ajustarán, en todo caso, a las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Artículo 5. Inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

1. La creación del fichero de datos de carácter personal «QUEJAS Y SUGERENCIAS», que figura en el anexo I, será notificada a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, en los términos establecidos en el artículo 55 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

2. La modificación del fichero «REGIS», que figura en el anexo II, será notificada a la Agencia Española de Protección de Datos, a fin de que se proceda a su inscripción en el registro competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.1 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Se faculta al Consejero de Presidencia para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 9 de marzo de 2010.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Presidencia,

JAVIER VELASCO RODRÍGUEZ

ANEXO I

SE CREA EL FICHERO «QUEJAS Y SUGERENCIAS»

Finalidad.

La tramitación de las quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios públicos.

Procedimiento de recogida.

A través de un formulario que se puede rellenar en formato electrónico o en formato papel y que se presenta en Registro.

Estructura del fichero y sistema de tratamiento.

Datos de carácter identificativo:

Nombre y apellidos

DNI/NIF

Dirección (postal y electrónica)

Teléfono

Firma electrónica

Sistemas de tratamiento: parcialmente automatizado.

Cesiones de datos de carácter personal previstas.

No hay cesión de datos

Órgano responsable del fichero.

Dirección General de Organización, Inspección y Servicios.

Los servicios o unidades ante los que puedan ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Servicio de Información y Documentación Administrativa. Sección de Información y Documentación.

Paseo María Agustín, nº 36, 50071 Zaragoza

Medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

Básico.

ANEXO II

SE MODIFICAN LOS SIGUIENTES EXTREMOS DEL FICHERO «REGIS»

Finalidad.

La gestión de los asientos de entrada y de salida del registro general, del registro telemático y del sistema de notificaciones electrónicas.

Estructura del fichero y sistema de tratamiento.

Datos de carácter identificativo:

Nombre y apellidos

DNI/NIF

Dirección postal (postal y electrónica)

Firma electrónica

Sistema de tratamiento: automatizado

Órgano responsable del fichero.

Dirección General de Organización, Inspección y Servicios.

Los servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Registro General de la Diputación General de Aragón.

Paseo María Agustín, nº 36, 50071 Zaragoza